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soporteajc
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Iva Percibido para Licoreros (nueva ley del seniat) Empty Iva Percibido para Licoreros (nueva ley del seniat)

Vie Ago 07, 2015 7:43 pm
- Buenas noches, tengo varios clientes del tipo licorerias y distribuidorasal mayor de licores y todos estan presentando el detalle de las nuevas Providencias Administras del Seniat No. 0017 y No. 0018

Para resumir dice algo asi:

1- La empresa productora o importadora de licor debe enviar las botellas marcadas con su respectivo precio de venta, la cual les permite saber cual sera el iva percibido por los distribuidores y licorerias en esas ventas; ese monto, la empresa productora lo cobra en la factura de compra como "IVA PERCIBIDO" y este a su vez debe incluirse como costo de venta en cada articulo.

2- el libro de Compra debe tener una columna donde se exprese dicho "iva percibido"

3- En la factura del consumidor final los licores no deben aparecer como Exentos (E) pero tampoco se les debe calcular la tasa de iva del 12% ya que el Bodegon o licoreria pagagaron por adelantado ese iva a su proveedor (En factura de compra) para que este a su vez lo entere al fisco. Los Licores No son exentos debido a que el consumidor paga indirectamente el iva en el costo del producto.

Las nuevas versiones estaran ya adaptadas a este nuevo proceso.
Saludos
Davino Ciro
Imagen & Servicio ajc, ca
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